Daños materiales para Industrias
Cualquier empresa necesita tener la seguridad de que todos sus bienes están debidamente protegidos.
Con nuestro programa de Protección Empresarial, quedan cubiertas las pérdidas o daños materiales de los bienes muebles e inmuebles que constituyen el patrimonio de nuestros clientes.
Con nuestro programa de Protección Empresarial, quedan cubiertas las pérdidas o daños materiales de los bienes muebles e inmuebles que constituyen el patrimonio de nuestros clientes.
Dirigidos a:
Empresas industriales y/o de servicios de ámbito nacional e internacional, tales como:
- Fabricantes, distribuidoras, representantes.
- Importadores y exportadores.
Ventajas del producto
- Condicionados específicos adaptados a las necesidades de cada empresa.
- Posibilidad de incluir coberturas específicas necesarias para el cliente.
- Posibilidad de soluciones internacionales a medida.
- Condicionado específico para el transportista, adaptado a sus necesidades.
¿Qué es un Póliza de TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES?
Es aquella que cubre dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares los daños materiales causados directamente a los bienes asegurados por cualquier hecho súbito, accidental e imprevisto no excluido específicamente en la Póliza.
¿Qué es una Póliza de RIESGOS NOMINADOS?
Es aquella que cubre dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, los daños materiales causados directamente a los bienes asegurados por cualquier hecho súbito, accidental e imprevisto siempre que quede establecido en las Condiciones Particulares, que dichas garantías están comprendidas en el seguro otorgado por la póliza y con sujeción a las exclusiones establecidas.
¿Cuáles son las diferencias entre la Cobertura de RIESGOS NOMINADOS y un TRDM?
En un Riesgo Nominados el Asegurado debe demostrar a la Aseguradora que hay una relación de causalidad entre una acción súbita y accidental y el daño o perjuicio económico sufrido en un bien amparado por la póliza, y que esa acción súbita e imprevista queda expresamente cubierta en la póliza.
En una cobertura a Todo Riesgo el Asegurado tan solo debe demostrar el daño o perjuicio económico sufrido en un bien amparado por la póliza. La carga de la prueba se traslada a la Aseguradora que para no dar cobertura debe demostrar la relación de causalidad entre el daño y alguna de las exclusiones recogidas en la póliza.
Coberturas de Riesgos nominados:
- Incendio, caída de rayo, explosión
- Robo y expoliación
- Rotura de lunas, cristales y rótulos de los edificios
- Avería de maquinaria y equipos electrónicos de procesamiento de datos
- Bienes de empleados
- Vehículos en reposo
- Bienes de terceros
- Cimentaciones
- Plantas y jardines
- Obras menores
- Daños estéticos por la localización de averías
- Ampliación TRDM (DIC)
- Daños eléctricos
- Bienes temporalmente desplazados a situaciones indeterminadas
- Reposición de archivos, títulos, valores…
- Honorarios de peritos
- Pérdida de alquileres
- Nuevas adquisiciones (quedan cubiertas, hasta un capital acordado, nuevas situaciones de riesgo sin necesidad de declaración previa)
- Compensación de capitales en la misma situación de riesgo
- Cobertura automática (garantiza de forma automática y hasta un porcentaje pactado sin necesidad de comunicación previa del capital asegurado)